PERMISO DE ESTANCIA POR ESTUDIOS

 

 

Actualmente, existe la posibilidad de solicitar directamente en territorio español el Permiso de Estancia por Estudios si se entra en España como turista.

Hay que señalar que sigue existiendo el Visado de Estancia por Estudios, el cual se solicita en los Consulados de España en los países de origen.

Estas solicitudes de estancia por estudios presentadas directamente en España se deben iniciar ante la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la Comunidad Autónoma en la que estemos residiendo y la pueden presentar tanto los estudiantes como el Centro de Educación Superior en donde vaya a cursar sus estudios el estudiante extranjero.

Cuando es el propio estudiante quien inicia su permiso de estancia por estudios, dicha solicitud debe ser presentada en la Delegación o Subdelegación de Gobierno de la provincia en donde se vayan a comenzar los estudios, con independencia del estudio que se elija por el estudiante.

Las solicitudes deben presentarse por el estudiante, personalmente o mediante representación, o a través de los medios electrónicos que se habiliten.

Con la solicitud se debe acompañar toda la documentación que acredita los requisitos previstos en el art. 38 del Reglamento de Extranjería, pruebas de que el estudiante se encuentra regularmente en España y, es fundamental, que la presentación de la solicitud se realice con una antelación mínima de un mes a la fecha de la expiración de su situación administrativa en territorio español ya que si se presenta fuera de plazo, la solicitud se inadmitirá.

La Administración competente tiene el plazo de un mes para tramitar, resolver y notificar la resolución pertinente.

En el caso de que sea el Centro de Educación Superior quien presente la solicitud de estancia por estudios, la misma se ha de presentar en la Delegación o Subdelegación de Gobierno de la provincia en donde vayan a iniciarse los estudios. La Administración competente tiene el plazo de un mes para tramitar, resolver y notificar la resolución pertinente. El Centro de Estudios deberá acompañar a la solicitud:

  • Copia del pasaporte del estudiante.
  • Documentación acreditativa de que se reúnen los requisitos previstos en el art. 38 del Reglamento

La duración del permiso de estancia por estudios dependerá del tipo de estudio que se vaya a realizar o de la ampliación de los mismos.

En nuestro despacho podemos ayudarle a tramitar su Permiso de Estancia por Estudios

Noelia Domínguez Urchaga. Abogada. Zaragoza

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