AUTORIZACIÓN JUDICIAL

NACIONALIDAD ESPAÑOLA POR RESIDENCIA PARA LOS MENORES DE 14 AÑOS

Para iniciar el expediente de nacionalidad de un menor de 14 años, se presentará una solicitud acompañando a los documentos que irá dirigida al Excmo. Sr. Ministro de Justicia, en la cual los padres o representantes legales harán constar sus datos de identidad y solicitarán la nacionalidad española por residencia del menor, previa autorización judicial del Sr. Juez encargado del Registro Civil.

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